Acceso y Servicios
Acceso:
Libre, con carácter general sin más limitaciones que las derivadas del estado de conservación de los documentos y de las establecidas por la normativa vigente en esta materia.
Horario de atención al público
Lunes a viernes. 9 a 14 horas
Cómo llegar
Procedimiento
Cualquier persona física o jurídica puede, previa identificación, realizar una consulta al Archivo Municipal.
La identificación se realizará mediante:
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Presentación del documento nacional de identidad de la persona física o la de la persona jurídica del representante.
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Cumplimentar una ficha de investigador o una solicitud de consulta.
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Para determinados documentos de acceso restringido, se requerirá asimismo justificación documental del interés legítimo y directo en la consulta.
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Las peticiones de documentos deberán basarse en datos exactos y suficientes para su localización, sin que quepa formular solicitudes genéricas o incompletas.
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Las restricciones legales están basadas fundamentalmente en el derecho la intimidad, de acuerdo a los artículos 105b de la C. E. Art. 37 de la Ley 30/92 y 57 de la Ley 16/85 de Patrimonio Histórico Español.
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En cualquier caso las restricciones a la consulta desaparecen con carácter general transcurridos 50 años de la fecha de los documentos en virtud del art. 57 1c) de la Ley 16/85 de 25 de Junio de Patrimonio Histórico Español.
REGIMEN Legal de Acceso a los Documentos.
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Art. 105b Constitución Española 1978.
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Ley 48/1978 de 7 de Octubre que modifica la LEY 9/1968 de 5 de Abril, sobre secretos oficiales.
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Ley Orgánica 1/1982 de 5 de Mayo del Derecho al Honor, la Intimidad Personal y Familia y a la Propia Imagen.
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Ley 7/1985 de 2 de Abril reguladora de Bases de Régimen Local.
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Ley 16/85 de 25 de Junio de Patrimonio Histórico Español.
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Real Decreto 2568/1986 de 28 de Noviembre por el que se aprueba el Reglamento de Organización Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
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Ley 12/1989 de 9 de Mayo de Función Estadística Pública.
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Reglamento Orgánico del Ayuntamiento.
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Ley 3/92 de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
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Ley 38/1995 sobre Derecho Acceso a la Información en materia de Medio Ambiente.
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Real Decreto 208/1996 de 9 de Febrero por el que se regulan los Servicios de Información Administrativa y Atención al ciudadano.
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Real Decreto Legislativo 1/96 de 12 Abril por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia.
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Ley Orgánica 15/1999 de 13 de Diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal.
FICHAS DE ACCESO:
Servicios
1. Atención consultas:
El Archivo Municipal custodia documentos administrativos y de carácter histórico, por lo que atiende tanto a investigadores como a particulares interesados en la consulta de documentos recientemente tramitados.
2. Asesoramiento y orientación a usuarios:
El Archivo Municipal asesora e informa a sus diferentes tipos de usuarios sobre el funcionamiento del centro, el modo más adecuado de obtener la información solicitada, y cómo utilizar tanto los instrumentos de descripción existentes cómo los propios documentos; también orienta, en su caso, sobre fuentes complementarias a las custodiadas en el propio archivo de potencial interés para el usuario.
El Archivo Municipal atiende también consultas de tipo general relacionadas con las fuentes documentales que conserva, por vía telefónica y postal.
3. Biblioteca Técnica Auxiliar:
El Archivo Municipal mantiene una pequeña Biblioteca de referencia, especializada en archivística, derecho administrativo (fundamentalmente colecciones de repertorio y diccionarios de legislación) e H ª Local,
Existe un servicio de consulta para usuarios externos sin que esté permitido el préstamo.
El Archivo Municipal no custodia boletines oficiales de ningún tipo, con la única excepción de la colección que posee de la Gaceta de Madrid (1963-1977).
4. Reproducción de documentos:
Podrán realizarse copias de aquellos documentos cuyo acceso público y reproducción carezca de limitaciones legales previa solicitud por escrito y pago de las tasas correspondientes. El pago podrá realizarse en las instalaciones del Ayuntamiento, Caja Municipal, de acuerdo con la Ordenanza Fiscal reguladora de las tasas por expedición de documentos administrativos, en el Capítulo V. Art. 6º. Epígrafe 1
Cualquier persona o entidad puede obtener reproducciones de documentos del archivo en fotocopia o formato digital, con las condiciones del estado de conservación y normativa sobre propiedad intelectual. Quedan exceptuados los documentos que contengan datos cuyo acceso esté restringido por ley.
COMO SOLICITAR LAS REPRODUCCIONES
Pasos a seguir:
Realizar solicitud, que podrá ser presencial o a través de correo electrónico, donde deberá especificarse:
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Datos personales completos: Dirección, Teléfono, Fax, o correo electrónico, y en su caso entidad o empresa a la que pertenece.
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Motivo de la petición-estudio o publicación.
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Referencia documental completa: Signatura y descripción.
Las peticiones se realizarán por medio de correo postal, fax o correo electrónico a:
Archivo Municipal de Roquetas de Mar.
Plaza de la Constitución, 1
04740 Roquetas de Mar. Almería.
Fax : 950321514
Tef.: 950338556
e-mail: archivo@aytoroquetas.org
Normas que se deben tener en cuenta:
- La reproducción de obras sujetas a derechos de propiedad intelectual, sólo será posible cuando se realice sin ánimo de lucro y exclusivamente para fines de investigación. (Art. 37.1 del RDL 1/1996).
- En las ediciones en que se recojan reproducciones de documentos del archivo deberá citarse la procedencia de los mismos.
- Deberá entregarse un ejemplar de las publicaciones o trabajos de investigación donde aparezcan reproducciones de fondos del archivo, con destino a la biblioteca técnica del archivo.
- Todos los peticionarios se comprometen expresamente a respetar las normas aquí señaladas y todas las derivadas de la normativa vigente.
- No se admite la reproducción de series documentales completas.


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