Servicio de Información, Valoración Orientación y Asesoramiento (SIVOA)
Programa de Infancia y Familia
Programas de Prevención e Inserción social
Programas de Empleo
Oficina Municipal de Inmigración
Servicios Sociales
Programa de inserción socio–laboral de drogodependientes
Programa ocupacional pacientes de salud mental
Programa: prestaciones complementarias
Programa: cooperación social voluntariado
AÑO 2005
Siendo una prestación básica de los Servicios Sociales Comunitarios, se consideran un recurso complementario que debe estar integrado en un proyecto de Intervención Familiar. Se conceden a familias para la atención a las necesidades básicas de los menores a su cargo, cuando carecen de recursos económicos suficientes para ello, con el fin de evitar el internamiento del menor y posibilitar su integración en el entorno familiar y social.
Regulada en la Orden de 13 de abril de 1998
-Ausencia de recursos económicos de la familia, cuando ello suponga riesgo para los menores.
-Incapacidad de la familia para el mantenimiento de los menores en su entorno.
-Retorno de los menores a su medio familiar y /o normalizado.
-Apoyo a las familias en tratamiento psico-social incluidas en programas de Servicios Sociales.
Son ayudas dirigidas a familias que carecen de recursos económicos para cubrir las necesidades básicas de los menores. Pueden ser monetarias o en especie (alimentación lácteo farmacéutica, ayudas de comedor, etc.). Suelen ser de carácter periódico.
- Situación excepcional de desprotección del menor y necesidad de intervención para evitar un deterioro grave de la situación familiar.
- Que la protección del menor no pueda ser afrontada por la familia con sus propios medios.
- Contribución a superar la situación de desprotección del menor en base al compromiso de la familia, según sus posibilidades de cambio.
- El criterio económico, que regirá la concesión o denegación de la A.E.F. a menores se determinará en base a la Renta Familiar suficiente o insuficiente para cubrir las necesidades básicas de los menores y se calculará de la siguiente forma; a la totalidad de los ingresos familiares se le descontarán los gastos relacionados con la vivienda (hipoteca o alquiler), gastos relacionados con deudas contraídas de primera necesidad. Si la Renta Familiar resultante es inferior a 350 mensuales la familia será susceptible de concesión de la A.E.F. a menores.
Las ayudas Económicas Familiares se pueden otorgar en dinero o en especie, tanto en un solo pago, como con continuidad en el tiempo programado en el proyecto de intervención.
-Cubrir necesidades básicas de los menores.
-Prevención, reducción o suspensión de los factores que generan situaciones de dificultad social para los menores.
-Evitar la institucionalización de los menores.
-Posibilitar la integración del menor en su entorno familiar y social.
- Alimentación Lacto-farmacéutica y pañales
- Ayudas Comedor
- Alimentos (en especie).
- Dinerarias
- Aula Matinal
- Guardería
- Ludo teca
- Transporte de un menor
- Apoyo psico-socio-educativo.
Son aquellas ayudas económicas individualizadas, de pago único o periódico que procuran paliar situaciones críticas destinadas a apoyar, de manera urgente, situaciones que no puedan ser afrontadas por la unidad convivencial.
A criterio profesional se podrán otorgar Ayudas de Emergencia Social a personas y familias que no pudiendo ser resuelta a través de Ayudas Económicas Familiares por no existir menores en riesgo social, ni a través de un pago único, por tratarse de una necesidad que se prolonga en el tiempo, precisan dentro de un plan de intervención de apoyo económico periódico.
-Falta de cobertura mínima de necesidades primarias de carácter personal: alimentación y vestimenta.
-Pérdida de alojamiento o enseres personales básicos como consecuencia de catástrofes.
-Otras situaciones de necesidad cuya atención favorezca la intervención de los SSC. Teniendo en cuenta el carácter complementario de la prestación.
Cubrir contingencias extraordinarias.
-Alimentos: en especie y/o dinerarias.
- Gastos de Vivienda:
· Alquiler-hipoteca.
· Recibos de luz, agua, basura.
· Compra de muebles y electrodomésticos.
-Atrasos de las cotizaciones a la Seguridad Social.
-Medicamentos.
-Ropa y enseres
Consiste en apoyar a las familias de bajos recursos económicos con hijos a su cargo y en edad escolar que al inicio del curso escolar tiene dificultad para afrontar los gastos que conlleva la compra de libro y material escolar.
DESTINATARIOS
Personas o familias cuyos ingresos no superan el SMI. (Salario Mínimo Interprofesional).
Cubre la necesidad de abonar anualmente la cuantía referente al pago de las tasas de basura.